Hoy no sé, si por curiosidad o por aburrimiento, voy a escribir de la Administración General de Estado de España.
Para empezar La Administración General del Estado Español tiene competencias sobre todo el territorio nacional, y
se encuentra regulada por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
(LOFAGE). Se organiza y actúa, de acuerdo con los principios siguientes(aunque parezca mentira).
Principios de organización y funcionamiento
La Administración General del Estado
- De organización
- Jerarquía.
- Descentralización funcional.
- Desconcentración funcional y territorial.
- Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.
- Simplificidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.
- Coordinación.
- De funcionamiento
- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
- Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
- Programación y desarrollo de objetivos y control de la gestión y de los resultados.
- Responsabilidad por la gestión pública.
- Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
- Servicio efectivo a los ciudadanos
- Objetividad y transparencia de al actuación administrativa.
- Cooperación y coordinación del Estado se clasifica a su vez en Administración central periférica y exterior.
Como bien se puede ver en el esquema, la Administración General del Estado se divide en tres grandes organismos que son:
- Central: Sus competencias se extienden a todo el territorio nacional (gobierno).
- Periférico: Sus competencias comprende una parte del territorio nacional (delegados de gobiernos en la comunidades autónomas y subdelegados en la provincias).
- Exterior: Su misión es representar a España ante otros Estados y organismos internacionales (embajadores y representantes permanentes).
A su vez cada uno de estos organismos están subdivididos en diferentes órganos que voy a pasar a explicaros:
- Central:
- Órganos activo, que está constituida por
- Gobierno/Consejo de ministros: (Presidente, vicepresidente(s) y ministros). La reunión del Gobierno en pleno, bajo la dirección del presidente.
- Ministerios, que en el caso de la presente legislatura están constituido según mi anterior post configuración del Gobierno de España
Cuya estructura es la siguiente:
- Órganos superiores:
- Ministro.
- Secretaría(s) de Estados. (ejerce respecto a su Departamento, la iniciativa, dirección, inspección de todos los servicios del Departamento y la alta inspección de todos los servicios del Departamento)
- Órganos directivos:
- Subsecretaría (Su cometido prioritario es dirigir y coordinar el funcionamiento del Ministerio, lo que incluye el personal y el presupuesto).
- Secretaría(s) Generales.(Gestiona y sector de la actividad administrativa y ejercen competencias dirigidas a impulsar la consecución de los objetivos y ejecución de los proyectos de su organización)
- Secretaría General Técnica. (Tienen competencias relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones)
- Direcciones Generales: (Se encargan de la gestión de una o varias áreas funcionalmente homogeneas del ministerio, proponen los proyectos para alcanzar los objetivos establecidos por el ministro, dirigen su ejecución y controlan su cumplimiento)
- Subdirecciones Generales: Secciones y Negociados. (Son los responsables de la ejecución de aquellos proyectos , objetivos y actividades)
- Órganos de asistencia: Gabinetes de Presidencia de los Ministros y Secretarios de Estado.
- Órganos coordinadores, son los siguientes:
- Comisiones Delegadas del Gobierno, tienen las funciones de coordinación de las acciones de los asuntos comunes de varios ministerios, así como de determinados asuntos que afecten a varios ministerios y exijan una propuesta conjunta previa a su resolución en consejo de ministros.
- Asuntos de Investigación Científica y Desarrollo e Innovación Tecnológica.
- Asuntos Económicos.
- Política Autonómica.
- Junta de Defensa Nacional.
- Situaciones de Crisis.
- Asuntos Culturales.
- Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
- Otras Comisiones de Subsecretarios.
- Comisiones Interministeriales.
- Órganos consultivo general: Consejo de estado
- Órgano de control económico interno: Intervención General de la Administración General del Estado.
2. Periférica:
- Delegación del Gobierno en las CCAA:
- Subdelegaciones del Gobierno en las provincias y Direcciones Insulares
- Comisión Territorial de Asistencia al Delegado del Gobierno
- Secretaría General
- Gabinete Técnico
- Áreas funcionales para la gestión de servicios integrados.
- Subdelegados de Gobierno:
- Secretaría General.
- Órganos de las áreas funcionales de las Delegaciones del Gobierno que se determinen.
- Comisiones de asistencias al Subdelegado del Gobierno.
- Autoridades Sectoriales:
- Supraprovinciales: Capitanías Generales, Delegaciones de Defensa.
- Provinciales: Delegaciones de Hacienda, Delegaciones de Defensa.
- Infraprovinciales: Administraciones de Hacienda, Comisaria de Policía.
3. Exterior, su misión es la de representar a España ante otros Estados y organismos internacionales.
- Misiones Diplomáticas, Permanentes o Especiales (antes Estados, dirigidas por Embajadores)
- Representaciones o Misiones Permanentes (ante Organizaciones internacionales dirigidas por Representantes)
- Delegaciones.
- Oficinas Consulares
- Instituciones y Organismos públicos de la AGE cuya actuación se desarrolle en el exterior ( ej.: Instituto Cervantes)
Con esta pequeña descripción nos podemos hacer una ligera idea de como se organiza la Administración General sin entrar mucho en detalle.