Hoy no sé, si por curiosidad o por aburrimiento, voy a escribir de la Administración General de Estado de España.
Para empezar La Administración General del Estado Español tiene competencias sobre todo el territorio nacional, y
se encuentra regulada por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
(LOFAGE). Se organiza y actúa, de acuerdo con los principios siguientes(aunque parezca mentira).
Principios de organización y funcionamiento
La Administración General del Estado
- De organización
- Jerarquía.
- Descentralización funcional.
- Desconcentración funcional y territorial.
- Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.
- Simplificidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.
- Coordinación.
- De funcionamiento
- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
- Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
- Programación y desarrollo de objetivos y control de la gestión y de los resultados.
- Responsabilidad por la gestión pública.
- Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
- Servicio efectivo a los ciudadanos
- Objetividad y transparencia de al actuación administrativa.
- Cooperación y coordinación del Estado se clasifica a su vez en Administración central periférica y exterior.
Como bien se puede ver en el esquema, la Administración General del Estado se divide en tres grandes organismos que son:
- Central: Sus competencias se extienden a todo el territorio nacional (gobierno).
- Periférico: Sus competencias comprende una parte del territorio nacional (delegados de gobiernos en la comunidades autónomas y subdelegados en la provincias).
- Exterior: Su misión es representar a España ante otros Estados y organismos internacionales (embajadores y representantes permanentes).
A su vez cada uno de estos organismos están subdivididos en diferentes órganos que voy a pasar a explicaros:
- Central:
- Órganos activo, que está constituida por
- Gobierno/Consejo de ministros: (Presidente, vicepresidente(s) y ministros). La reunión del Gobierno en pleno, bajo la dirección del presidente.
- Ministerios, que en el caso de la presente legislatura están constituido según mi anterior post configuración del Gobierno de España
Cuya estructura es la siguiente:
- Órganos superiores:
- Ministro.
- Secretaría(s) de Estados. (ejerce respecto a su Departamento, la iniciativa, dirección, inspección de todos los servicios del Departamento y la alta inspección de todos los servicios del Departamento)
- Órganos directivos:
- Subsecretaría (Su cometido prioritario es dirigir y coordinar el funcionamiento del Ministerio, lo que incluye el personal y el presupuesto).
- Secretaría(s) Generales.(Gestiona y sector de la actividad administrativa y ejercen competencias dirigidas a impulsar la consecución de los objetivos y ejecución de los proyectos de su organización)
- Secretaría General Técnica. (Tienen competencias relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones)
- Direcciones Generales: (Se encargan de la gestión de una o varias áreas funcionalmente homogeneas del ministerio, proponen los proyectos para alcanzar los objetivos establecidos por el ministro, dirigen su ejecución y controlan su cumplimiento)
- Subdirecciones Generales: Secciones y Negociados. (Son los responsables de la ejecución de aquellos proyectos , objetivos y actividades)
- Órganos de asistencia: Gabinetes de Presidencia de los Ministros y Secretarios de Estado.
- Órganos coordinadores, son los siguientes:
- Comisiones Delegadas del Gobierno, tienen las funciones de coordinación de las acciones de los asuntos comunes de varios ministerios, así como de determinados asuntos que afecten a varios ministerios y exijan una propuesta conjunta previa a su resolución en consejo de ministros.
- Asuntos de Investigación Científica y Desarrollo e Innovación Tecnológica.
- Asuntos Económicos.
- Política Autonómica.
- Junta de Defensa Nacional.
- Situaciones de Crisis.
- Asuntos Culturales.
- Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
- Otras Comisiones de Subsecretarios.
- Comisiones Interministeriales.
- Órganos consultivo general: Consejo de estado
- Órgano de control económico interno: Intervención General de la Administración General del Estado.
2. Periférica:
- Delegación del Gobierno en las CCAA:
- Subdelegaciones del Gobierno en las provincias y Direcciones Insulares
- Comisión Territorial de Asistencia al Delegado del Gobierno
- Secretaría General
- Gabinete Técnico
- Áreas funcionales para la gestión de servicios integrados.
- Subdelegados de Gobierno:
- Secretaría General.
- Órganos de las áreas funcionales de las Delegaciones del Gobierno que se determinen.
- Comisiones de asistencias al Subdelegado del Gobierno.
- Autoridades Sectoriales:
- Supraprovinciales: Capitanías Generales, Delegaciones de Defensa.
- Provinciales: Delegaciones de Hacienda, Delegaciones de Defensa.
- Infraprovinciales: Administraciones de Hacienda, Comisaria de Policía.
3. Exterior, su misión es la de representar a España ante otros Estados y organismos internacionales.
- Misiones Diplomáticas, Permanentes o Especiales (antes Estados, dirigidas por Embajadores)
- Representaciones o Misiones Permanentes (ante Organizaciones internacionales dirigidas por Representantes)
- Delegaciones.
- Oficinas Consulares
- Instituciones y Organismos públicos de la AGE cuya actuación se desarrolle en el exterior ( ej.: Instituto Cervantes)
Con esta pequeña descripción nos podemos hacer una ligera idea de como se organiza la Administración General sin entrar mucho en detalle.
Por fin me hice una idea, todos eran verdaderos ladrillos. Gracias.
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